Estimados colegas, publicamos a ustedes la nómina de docentes (73) que en mayo de 2009 recibieron el 49% de su bono por perfeccionamiento histórico y aún se les adeuda el 51%. El acuerdo era pagar en febrero y marzo, ahora estamos solicitando a la COMUDES su pago en el mes de marzo para continuar con los pagos pendientes de 2010 y 2011
LISTADO HOJA 1
LISTADO HOJA 2
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martes, 20 de marzo de 2012
lunes, 5 de marzo de 2012
BONO SAE DEBE PAGARSE
DEFINITIVO: EL BONO SAE DEBE PAGARSE |
Con fecha 24 de febrero del 2012, La Dirección del Trabajo emitió finalmente el dictamen 0906/011 sobre el pago del Bono Extraordinario, más conocido como "bono SAE".
Según el dictamen correspondería que las Corporaciones municipales de educación paguen a sus profesores el referido beneficio haciendo uso exclusivamente de los excedentes de la ley 19.410 y no los de la ley 19.933.
Los excedentes de la ley 19.933 deberán ser usados en el sector municipal para financiar el pago de "aumento de remuneraciones".
Cabe precisar las leyes 19.410 y 19.933 son las que financian la Subvención Adicional Especial (SAE), usada en este sector hasta el 2010 para pagar la bonificación proporcional mensual y el bono extraordinario anual ("bono SAE").
El dictamen señala además que en el caso de los colegios particulares subvencionados y del D.L. 3.166 corresponde continuar pagando a los profesores en diciembre de cada año el Bono Extraordinario ("bono SAE") con cargo a los excedentes que queden de las leyes 19.410 y 19.933.
El texto completo del dictamen Ud. lo puede leer e imprimir en http://bit.ly/yUmevK
Frente a esta evidencia legal, solicitamos a quellos colegas que estan por firmar un finiquito por término de contrato o vencimiento del plazo convenido, exigir el pago del bono Extraordinario ("bono SAE") en caso de que este no haya sido pagado en diciembre de 2011. Si existe una negativa del empleador a pagarlo, corresponde dejar una "reserva de derecho" establecida en el finiquito, figura legal que permitirá al docente entablar posteriormente una demanda en la justicia laboral. Si se firma un finiquito sin la "reserva de derecho", se pierde la oportunidad de demandar posteriormente el no pago del bono Extraordinario ("bono SAE").
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